
El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi comunica que a partir del 1 de octubre comienza a aplicarse una nueva regulación de tráfico que introduce modificaciones en la forma de circular y en las medidas de seguridad requeridas para motocicletas, bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), tales como los patinetes eléctricos.
Esta reforma actualiza el Reglamento General de Circulación para dar respuesta a los cambios que ha experimentado la movilidad a lo largo de las últimas dos décadas, adoptando una perspectiva que coloca el bienestar de las personas y la mejora de los espacios urbanos como elementos fundamentales en la estrategia de movilidad.
Destaca entre las principales innovaciones la incorporación, por primera ocasión, del concepto de «usuario vulnerable de la vía», que hace referencia a quienes, ya sea por el medio de transporte que utilizan o por su condición física o edad, corren un mayor peligro de sufrir lesiones graves en caso de siniestro vial.
La normativa establece que los usuarios de vehículos de movilidad personal deben tener como mínimo 15 años de edad.
Quienes conduzcan estos vehículos tienen la obligación de ponerse un casco protector y usar un chaleco reflectante durante la noche o cuando hay poca luz. En el caso de los trabajadores autónomos o empresas que usen VMP para sus labores, ambas exigencias serán obligatorias sin excepción.
No cumplir con estas normas se considera una infracción grave y conlleva una multa de 200 euros.
Igualmente, los VMP deben llevar la iluminación activada y, en las afueras de los pueblos y ciudades, pueden transitar por carriles separados de los coches de motor siempre que esté permitido, como pistas ciclables o vías dedicadas a bicicletas.
La nueva regulación suprime las exenciones que existían respecto al uso del casco en carreteras convencionales, de modo que todo ciclista debe utilizarlo al circular en este tipo de vías.
Los ciclistas que trabajen profesionalmente, como los repartidores, deben llevar casco y chaleco reflectante continuamente. Incumplir esta obligación supone una infracción grave penalizada con 200 euros.
Se mejora también la protección durante los cambios de carril. En carreteras, cuando un vehículo adelanta a un ciclista, debe disminuir su velocidad no menos de 20 km/h en relación con el límite establecido. Cuando la vía tiene más de un carril disponible en cada dirección, deberá cambiar completamente de carril manteniendo una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
En las zonas de población, los ciclistas transitarán preferiblemente por la zona central del carril para garantizar mayor protección. Los automóviles deben mantener una separación mínima de 5 metros respecto a las bicicletas que van delante en el mismo carril.
Por otra parte, en ciertos tramos de una sola dirección de circulación con límites de velocidad máxima de 30 km/h o inferiores, el Ayuntamiento tiene la facultad de autorizar, previa indicación mediante señales, que las bicicletas circulen en los dos sentidos.
Los que conducen motos y ciclomotores, tanto el conductor como los acompañantes, deben portar guantes de protección en carreteras e irán calzados con zapatos cerrados en cualquier tipo de vía. Incumplir esto constituye una infracción grave sancionada con 200 euros.
La normativa también señala que los cascos utilizados en ciclomotores deben contar con homologación oficial, no siendo suficiente únicamente la certific



